Así, no sólo debemos estar atentos a cuestiones como que la oferta laboral no induzca a interpretaciones que impliquen discriminación por razón de sexo o edad, que no publicite tareas de trabajo piramidal o que no requiera inversión por parte del trabajador (en otras palabras: que no esté en contra de los principios de la legislación laboral del país a donde esté dirigida la oferta) sino que también deberemos vigilar que cumpla la legislación propia de la tecnología.
Como toda legislación, estas leyes recogen una serie de requerimientos legales, técnicos y organizativos estrechamente relacionados entre sí.
Los requerimientos legales condicionan directamente el alcance de lo que podemos hacer con la información de los candidatos y su tratamiento, obligándonos a tener en cuenta diversas cuestiones antes de publicar una oferta. Por ejemplo:
En lo que a requerimientos técnicos se refiere, éstos están vinculados directamente con la información que tratamos y cómo la tratamos. Cabe destacar las siguientes medidas:
Por último existen requerimientos organizativos que exigen realizar una serie de acciones, como pueden ser:
Todo ello delimita las condiciones de servicio, los procedimientos internos de tratamiento de datos e impone una serie de medidas técnicas, jurídicas y organizativas según la legislación vigente.
Pese a las limitaciones que pueda parecer que impone la legislación, el tratamiento no tiene por qué verse restringido, siempre y cuando se tengan en cuenta estas consideraciones. Para ello es fundamental analizar cada situación y contar con el correcto asesoramiento.
Autor: Miguel Ángel Martínez Ayuso - Ingeniero de Telecomunicación. MBA, auditor certificado CISA, CISM, CGEIT y CDPP. Más de 15 años de experiencia en consultoría de seguridad de la información y protección de datos.